Insultos a la madre de Hermoso: era roja para Folorunsho (también con el VAR). Pero la prueba televisiva es poco probable
Michael Folorunsho ha pedido perdón, pero el vídeo de su bronca con Mario Hermoso se hizo viral en redes. El centrocampista del Cagliari Calcio, en el partido de ayer ante la AS Roma, le soltó de todo al defensa español en unos diez segundos de pura locura verbal: “Tu madre hace b…, esa p… de tu madre tiene que morir”. Unas expresiones que, sin embargo, no le costaron ninguna medida al colegiado sobre el césped.
Era roja directa. Arranquemos por lo que podía y debía hacer el árbitro: expulsar al centrocampista del conjunto sardo. El reglamento contempla como motivo de expulsión “usar un lenguaje o actuar de forma ofensiva, insultante o amenazante”. Por lo tanto, si el árbitro, Luca Zufferli, no vio la acción, el VAR podía entrar: el protocolo recoge como revisables “una potencial infracción de expulsión relativa a conducta violenta, al acto de escupir, morder o actuar de forma extremadamente ofensiva y/o insultante”. Y hay más: en casos así, la revisión es posible incluso con el juego ya reanudado, dada la gravedad de lo ocurrido.
¿Sancionarán a Folorunsho? El primer paso será el Juez Deportivo, previsto para mañana: es muy improbable, no obstante, que algo figure en el acta, porque —de haberlo visto— Zufferli (o el VAR) tendría que haber intervenido. En consecuencia, todo quedaría en manos de un eventual suplemento de investigación (trámite técnico necesario para obtener los vídeos disponibles por todas partes) a cargo de la Fiscalía federal de la FIGC (que tiene de plazo hasta las 16:00 de mañana para activarse, al ser hoy, 8 de diciembre, festivo). En la práctica, sería acudir a la sanción de oficio a partir de las imágenes, un recurso que desde la llegada del VAR se ha utilizado casi exclusivamente para casos de blasfemia. Es poco probable que ocurra, y no tanto por una cuestión procedimental: el art. 61, apdo. 3, del Código de Justicia Deportiva se refiere a episodios “no vistos por el árbitro o por el VAR”. Como en este caso, puesto que, de lo contrario, deberían haber intervenido.
La cuestión es de fondo: el propio apartado limita su uso “a hechos de conducta violenta o gravemente antideportiva o relativos al uso de expresiones blasfemas”. Descartada la blasfemia, las palabras del centrocampista (que tampoco encajan como insultos racistas o discriminatorios, sancionables según el art. 28 del Código) no entran en los supuestos de conductas antideportivas, que para las sanciones de vídeo, además, están explicitadas. En cuanto a la hipótesis de “conducta violenta”, el Código de Justicia Deportiva no ofrece una lista cerrada, pero el reglamento —al contemplarla como motivo de expulsión al mismo nivel que “usar un lenguaje o actuar de forma ofensiva, insultante o amenazante”, en apartados separados— no parece abarcar los insultos, por muy graves que sean. Por eso, a día de hoy, la Fiscalía de la FIGC no tendría intención de proceder.